04. Las
FAS con el pueblo
En estas circunstancias, es preciso abordar una urgente y
radical modificación de las Fuerzas Armadas bajo las siguientes premisas:
La soberanía
corresponde al pueblo, comoquiera que ésta se exprese. Su defensa también. Las
FAS son del pueblo, se deben al pueblo y obedecen al pueblo.
Las FAS están para
defender la soberanía popular, nunca para condicionarla o doblegar su voluntad
de cambio real. La criminalización de las legítimas protestas populares y la
intervención represiva de las FAS son absolutamente inaceptables.
En
situaciones como la actual, en las que existe un conflicto abierto entre las
instituciones y las aspiraciones del pueblo, es preciso un proceso
constituyente en el que descanse la legitimidad democrática. Este proceso debe
ser absolutamente respetado y apoyado por la institución militar en su
conjunto.
La obediencia de las FAS al Rey debe ser definitivamente
quebrada. Únicamente es aceptable que la Jefatura de las Fuerzas Armadas
recaiga en quien que haya sido democráticamente elegido. La III República es,
pues, inaplazable.
La defensa de la soberanía exige la
salida de nuestro país de las alianzas militares -la OTAN y todo el sistema de
alianzas ad hoc que los EEUU y sus aliados están utilizando para la
realización de su política imperialista- y la eliminación inmediata de todas
las bases e instalaciones extranjeras en nuestro territorio.
La “guerra contra el terror” constituye
una burda manipulación propagandística, sembrada desde los centros de poder
económico-financiero y militar, que justifican la represión contra la
disidencia política legítima en todos los órdenes.
El único principio que puede garantizar
la paz y las buenas relaciones internacionales es el de buena vecindad y la
solución negociada de los conflictos. El recurso a la fuerza está únicamente
justificado en caso de agresión armada abierta o encubierta. Debe adoptarse
como principio el consagrado en la Constitución de la Segunda República: España
renuncia a la guerra como instrumento de política nacional.
Ningún tratado internacional podrá dotar
de impunidad a militares, agentes o funcionarios extranjeros en el territorio
del estado español, especialmente por los delitos definidos en el Tratado de
Roma y perseguidos por el derecho internacional humanitario.
Ningún tratado otorgará impunidad a los
militares y funcionarios españoles, como aliados de potencias que se nieguen
a acatar las normas del derecho internacional humanitario referidas a los
crímenes de guerra, lesa humanidad y genocidio. El TPI tendrá plena jurisdicción
en el estado español.
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