Informe sobre el funcionamiento de la estación depuradora de aguas residuales "Las Galeras" de El Puerto de Santa María |
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18/10/02
ANTECEDENTES
Ecologistas en Acción ha venido realizando un seguimiento del funcionamiento de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de El Puerto de Santa María. Esta depuradora ha estado inmersa en la polémica desde antes de construirse, pues se eligió el sistema de lechos inundados, a pesar de no existir constancia sobre su eficacia, por ocupar menos terrenos que las de tipo convencional y así permitir la ampliación de la urbanización y campo de golf de Vistahermosa. Las obras se iniciaron el 5 de diciembre de 1991, terminándose dos años más tarde
Desde un primer momento, la EDAR Las Galeras ha tenido problemas de funcionamiento, ocasionando malos olores, debido a las emanaciones de ácido sulfhídrico (H2S), que han provocado molestias a la población colindante a la planta y problemas de salud laboral a los trabajadores, lo que llevó al cierre de los filtros biológicos del tratamiento secundario en abril de 1999, a instancias de la Inspección de Trabajo. Su rendimiento tampoco ha sido el adecuado y esperado tras la gran inversión realizada, unos 18 millones de euros (3.000 millones de pesetas). Los vertidos desde la EDAR a las aguas de la Bahía de Cádiz han provocado episodios de contaminación que han afectado a la flora y fauna marina y han provocado incluso el cierre de las playas de La Calita y Las Murallas, desde septiembre de 2000 a mayo de 2001, y de La Puntilla y El Aculadero, en abril y mayo de 2001.
En estos años la Consejería de Medio Ambiente ha realizado diversos controles analíticos de los vertidos de la EDAR a la Bahía de Cádiz, en todos ellos se ha constado que no cumplen los parámetros estipulados en la legislación vigente, superaron los niveles máximos permitidos. También ha sido sometida a una auditoría por la Cámara de Cuentas de Andalucía, en la que se constató así mismo su deficiente funcionamiento.
La normativa aplicable al tratamiento de aguas residuales urbanas viene regulada en el Real Decreto 509/1996 de 15 de marzo, donde se estipulan claramente las calidades de los vertidos de las aguas residuales depuradas. Los máximos permitidos en los parámetros de calidad de aguas procedentes de plantas depuradoras con tratamiento secundario, como es el caso de depuradora de Las Galeras de El Puerto, son los siguientes:
- Demanda bioquímica de oxígeno (DBO5).................... 25 mg/l O2
- Demanda química de oxígeno (DQO).......................... 125 mg/l O2
- Total sólidos en suspensión ........................................ 35 mg/l
Dicho Real Decreto también permite la evaluación del rendimiento de las EDARs por el porcentaje de reducción de la carga contaminante, estipulándose diversos porcentajes mínimos de reducción en función de la carga de los caudales de entrada y salida. Este sistema es complejo, pues dependen los porcentajes de reducción a aplicar de la carga contaminante a la entrada y a la salida, esto es, de la concentración de contaminantes y del volumen de aguas residuales vertidas. Por ello, la Junta de Andalucía, en sus autorizaciones de vertidos, está aplicando el sistema de concentración de los tres parámetros que mejor indican la calidad de las aguas: DBO5, DQO y sólidos en suspensión. El mismo sistema se ha seguido en la auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía. Ecologistas en Acción ha utilizado este sistema de medición del rendimiento en todas sus informes. Por el contrario APEMSA, tras la exigencia de que se hicieran públicas las analíticas, tan sólo aporta en los recibos de agua unos porcentajes de reducción sin aportar datos sobre la carga contaminante de entrada y salida, ni el caudal vertido, por lo que carece de valor de referencia.
Según se deduce de la auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía (BOJA de 27 de octubre de 2001) los valores estipulados en el Real Decreto 509/1996 han sido ampliamente superados. La auditoría, realizada en el periodo comprendido entre diciembre de 1994 y junio de 2000, concluye que "El rendimiento de la estación depuradora supone que las aguas vertidas al mar no cumplan los requisitos mínimos establecidos y que existan malos olores en las proximidades de la planta", y que "Prácticamente en ningún momento, desde que comenzó a funcionar la estación, se han conseguido alcanzar estos valores" .
De las analíticas de la Consejería de Medio Ambiente se deduce que:
- Durante 1999 se superaron con mucho estos niveles máximos, demostrándose que esta depuradora ha estado inoperante, sin que se tomara por parte de APEMSA medida alguna, ni informado a la población. Además, el emisario submarino se rompió, por lo que las aguas residuales se vertieron cerca de la playa de Las Murallas en unos arrecifes de gran interés ecológico. La DBO5 -que junto con la DQO indica la contaminación orgánica- duplicó el máximo permitido en 5 de las 7 muestras, llegando a superar los 200 mg/l, equivalente a aguas residuales sin depurar, en los meses de enero y junio. Los niveles de DQO también son superados en 6 de las 7 analíticas realizadas, llegando en estos mismos meses a superar los 400 mg/l, triplicando el máximo permitido. Tampoco cumplió la depuradora de Las Galeras con los niveles máximos permitidos de sólidos en suspensión en 5 de las 7 muestras analizadas, llegando a multiplicar por cinco este nivel en el mes de junio.
- En el año 2000 esta situación no sólo no se solucionó sino que aumentó el nivel de contaminación de las aguas vertidas por la depuradora de Las Galeras. En las siete analíticas realizadas se superan todos los niveles permitidos, llegando en la DBO5 a niveles doce veces superiores a los máximos legales y la DQO a casi cuadruplicar los permitidos.
- Durante el año 2001 se superaron también estos niveles máximos. La DBO5 quintuplicó como mínimo el máximo permitido. Llegando en agosto a los 320 mg/l, es decir, 12 veces más del máximo legal. Los niveles máximos de DQO también son superados ampliamente todos los meses, llegando a los 647 mg/l en agosto y 673 mg/l en septiembre, quintuplicando el máximo legal. Tampoco cumplió la depuradora de Las Galeras con los niveles legales de sólidos en suspensión, llegando a los 298 mg/l en agosto, ocho veces más del máximo legal.
- En los en los primeros seis meses de este año 2002, los análisis de la Consejería de Medio Ambiente denotan una mejoría en la calidad de los efluentes de la EDAR Las Galeras, debido a la entrada en funcionamiento del tratamiento secundario en septiembre de 2001, aunque sigue sin cumplir con los parámetros legales. La DBO5 se superó en nueve de las once muestras, cuadruplicando en algunos casos el máximo permitido. Los niveles de DQO también son superados en siete de las once analíticas realizadas, llegando en algunos días a los 276 mg/O2. La mejoría se ha notado sobre todo en la concentración de sólidos en suspensión, que están por debajo del nivel máximo permitido en 10 de las once muestras.
La empresa municipal de aguas de El Puerto (APEMSA) no sólo no ha informado de los problemas existentes, sino que los ha ocultado, negándose incluso a facilitar información a los ciudadanos y entidades que lo reclamaban, y todo a pesar que el acceso a la información medio ambiental es un derecho reconocido por la Directiva 90/313, incorporada al derecho español por medio de la Ley 38/1995. De hecho, Ecologistas en Acción ha venido solicitando insistentemente las analíticas de los efluentes de la EDAR desde febrero de 1999, habiéndonos denegado APEMSA esta información de forma sistemática, lo que nos llevo a presentar una denuncia ante la Unión Europea, que ha abierto un expediente sancionador. APEMSA, ante esta situación, decide por fin facilitarnos las analíticas de los años 2000, 2001 y 2002 (hasta junio) el pasado 13 de septiembre.
Según informes internos de APEMSA, debido a las altas concentraciones de sulfhídrico, la Inspección de Trabajo ordenó el cierre de los Filtros Biológicos del tratamiento secundario el 20 de abril de 1999. El 27 de septiembre de 2000 comienzan las obras de reparación para inodorizar la EDAR y corregir así los problemas de las emanaciones de sulfhídrico, lo que supuso la paralización total de la planta. En enero de 2001 entra funcionamiento el tratamiento primario, y en septiembre de ese mismo año los filtros biológicos del tratamiento secundario, por lo que se supone que la planta estaba a pleno rendimiento. Nunca se informó a la población, pescadores o bañistas, que se estaba vertiendo en esos años las aguas residuales sin práctica depuración a la bahía, muy cerca de las playas de Las Murallas y La Calita.
Ecologistas en Acción presentó denuncia contra APEMSA en los juzgados de El Puerto el 14 de junio de 2001, por un presunto delito contra el medio ambiente y la salud de las personas, según lo estipulado en el Art. 325 del Código Penal. Esta denuncia ha sido admitida a trámite y está en fase de diligencias previas en el Juzgado nº 3 de esta ciudad.
Ecologistas en Acción ha informado de forma periódica y rigurosa del funcionamiento de la EDAR Las Galeras a la opinión pública, en base a la libertad de expresión e información reconocidos en la Constitución y al derecho de acceso a la información medioambiental reconocido en la normativa comunitaria. La respuesta de APEMSA ha sido la continua descalificación de nuestras informaciones, asegurando que la EDAR funcionaba correctamente, acusándonos de mentir, de alarmistas y de perjudicar a los intereses turísticos de El Puerto con la divulgación de estas informaciones. Incluso, en el colmo de los despropósitos, ha llegado a presentar una querella por supuestas injurias contra Juan Clavero, Coordinador de Ecologistas en Acción-Andalucía, acusándolo de divulgar información falsa para perjudicar a APEMSA y a sus responsables, exigiéndole una fianza de 150.252 euros (25 millones de pesetas) para "garantizar las posibles indemnizaciones que pudieran corresponder por los graves perjuicios causados a la empresa". APEMSA asegura que la divulgación de estas analíticas suponen "un gravísimo ataque contra la imagen turística de El Puerto de Santa María, de muy difícil reparación, por lo que esta parte querellante reclama indemnización según informe con valoración que será presentado oportunamente".
VALORACIÓN DE LAS ANALÍTICAS DE APEMSA
APEMSA suministró a Ecologistas en Acción el pasado 13 de septiembre un total de 879 analíticas, correspondiente a los años 2000, 2001 y los seis primeros meses de 2002, de las que 726 estaban completas, distribuidas del siguiente modo:
- 2000: de 366 días hay analíticas completa de 252 (69%)
- 2001: de 365 días hay analíticas completas de 300 (82%)
- 2002: de 181 días hay analíticas completas de 174 (96%)
Del estudio pormenorizado de estas analíticas se puede deducir:
1.- Periodicidad y contenido de las analíticas:
Las analíticas son bastante heterogéneas. A muchas le faltan datos y no están completas. Así hay días que se analizan las aguas residuales a la entrada pero no a la salida. Otras veces se analizan las aguas tras el tratamiento primario y otras tras el secundario. Hay análisis completos y otros que obvian la analíticas en algunos de los procesos del tratamiento de depuración (aguas brutas, aguas filtradas, aguas decantadas, filtros biológicos I, filtros biológicos II y agua tratada)
Hay días en que no se han realizado análisis ni de las entradas ni de las salidas. Hay que resaltar el amplio periodo de finales del año 2000 en el que no se realizaron análisis de los efluentes, y en muchos días tampoco de las entradas, desde el 29 de septiembre hasta el 10 de enero de 2001. Más de tres meses sin datos.
También son de destacar las anomalías detectadas en ciertos periodos, con valores de contaminación de las entradas, y a veces de las salidas, extraordinariamente elevados. Baste indicar que los valores de DQO de las aguas residuales que llegan a Las Galeras suelen oscilar entre 500 y 1.000 mg/l de O2. Pues bien, el 14 de junio de 2001 el agua que entra en la EDAR tiene una DQO de 31.611 mg/l O2. La DBO5 de las entradas oscila entre 200 y 400 mg/l O2. El 15 de junio de 2001 la DBO5 fue de 2.400 mg/l O2. Lo mismo cabe decir de los sólidos en suspensión, con valores medios en las entradas entre 200 y 600 mg/l, que han llegado a los 19.210 mg/l también el 14 de junio de 2001.
Ecologistas en Acción ha intentado infructuosamente que los técnicos y responsables de APEMSA nos explicaran estas anomalías y la causa de la falta de analíticas en ciertos periodos, habiéndose negado a darnos ningún tipo de aclaración.
2.- Evaluación del rendimiento de la EDAR
Las conclusiones que se pueden extraer del estudio de las analíticas son los siguientes:
Año 2000:
- La DBO5 ha superado siempre el valor límite de 25 mg/l de O2. El valor máximo fue de 455 mg/l el 10 de enero. En todos los meses hay días en que se superan los 250 mg/l, es decir más de diez veces el valor máximo permitido, destacando los meses de julio y agosto en que se superan este elevado valor en 38 días, es decir el 62% de total, ¡y en plena temporada de baños!
- La DQO sólo estuvo dentro de los parámetros permitidos un día, el 16 de enero. La mayor parte del verano se mantuvo por encima de los 500 mg/l, esto es, cuatro veces por encima del valor máximo permitido.
- Sólidos en suspensión: también cumplió los parámetros legales un solo día, el 16 de enero. La Mayor parte del año se mantuvo por encima de los 100 mg/l, cuando el máximo legal es de 35 mg/l.
Año 2001:
- La DBO5 se ha superado todos los días el año, excepto uno. Los datos mas elevados los aporta el mes de mayo y junio, donde se llegan a niveles de 470 mg/l O2.
- La DQO se encuentra dentro de los parámetros legales durante siete días. El 30 de marzo se llegó a los 2.341 mg/l O2 , y el 18 de octubre a los 3.709 mg/l O2, treinta veces el máximo permitido.
- Los valores máximos de sólidos en suspensión se incumplen todos los días menos uno. En abril y mayo se superaron los 200 mg/l (el máximo es 35) en 24 días. El 17 de febrero se llegó a los 964 mg/l.
Como ya se ha indicado existe en el mes de junio unos valores excepcionalmente altos en las entradas, tanto en la DBO5, como en la DQO y en los sólidos en suspensión.
2002 (enero-junio):
Se detecta una mejoría en el rendimiento de la EDAR, debido en teoría a la entrada en funcionamiento del tratamiento secundario, aunque sus efectos han sido tardíos, ya que los filtros biológicos están funcionando desde septiembre de 2001.
- DBO5: Los valores máximos se han superado en casi todo este periodo, tan sólo se cumplen en 9 días.
- DQO: el nivel de cumplimiento es mayor. Lo niveles están dentro de los parámetros permitidos en un periodo a principio de enero, después se mantienen por encima de los 125 mg/l hasta mediados de abril. A partir de aquí la DQO oscila ligeramente por encima y por debajo de este límite legal. Destacar que el 1 de abril se llegó a los 1.093 mg/l.
- Sólidos en suspensión: aquí se ha notado una clara mejoría en el rendimiento de la EDAR. Los primeros cinco meses oscila en torno a los 35 mg/l, llegando en días aislados a los 90 mg/l. En el mes de junio sólo se ha superado el máximo legal un día.
En el siguiente cuadro se indican los valores medios anuales de los distintos parámetros utilizados para analizar la calidad de los efluentes de la depuradora. Se aprecia que en los años 2000 y 2001 la media de la DQO es casi cuatro veces superior al máximo permitido, DBO5 es casi diez veces superior y los sólidos en suspención más de cuatro veces. En el 2002, la DQO media supera en un 35% el máximo legal, la DBO5 media casi lo duplica, y los sólidos en suspensión se acerca al máximo legal pero no lo cumple.
Medias DQO DBO5 Sólidos suspensión
ENTRA SALE ENTRA SALE ENTRA SALE
año 2000 708,2 466,7 125,0 332,0 220,2 25,0 347,2 158,6 35,0
año 2001 872,3 398,0 125,0 337,4 206,1 25,0 500,5 158,8 35,0
año 2002 726,4 167,8 125,0 307,4 45,9 25,0 278,9 42,5 35,0
Conclusiones finales:
1. La EDAR Las Galeras ha venido funcionando de forma muy deficiente en los años 2000 y 2001, con niveles de calidad de las aguas vertidas a la Bahía de Cádiz que superan con mucho los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
2. En los años 2000 y 2001 los vertidos de la depuradora prácticamente nunca cumplieron con los niveles de calidad exigidos legalmente. Las aguas vertidas a la bahía han tenido niveles de contaminación semejantes a las aguas residuales sin depurar.
3. Desde enero de 2002 se ha notado una mejoría en el rendimiento de la EDAR, aunque sigue sin cumplir los parámetros legales, sobre todo en relación a la DBO5.
4. APEMSA no ha informado a los ciudadanos de estos vertidos contaminantes, que han podido afectar a la flora y fauna marina y a la salud de las personas que se han bañado en las playas colindantes.
5. APEMSA ha estado suministrando información falsa y tendenciosa al afirmar insistentemente durante estos últimos años, que la depuradora funcionaba correctamente.
6. La información suministrada por Ecologistas en Acción, en base a las analíticas de la Consejería de Medio Ambiente y a la auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y las críticas al funcionamiento de la EDAR Las Galeras han sido corroboradas con los datos de la propia empresa APEMSA.
Se adjuntan gráficas que representan la evolución de los parámetros de DBO5, DQO y sólidos en suspensión en las entradas y salidas de la EDAR Las Galeras durante los años 2000, 2001 y 2002 (enero-junio), por años y globalmente a lo largo de este periodo.
El Puerto de Santa María a 16 de octubre de 2002
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Ecologistas en Acción se ratificó en las denuncias por el mal funcionamiento de las depuradoras de El Puerto de Santa María |
7/10/2002. Clavero declaró en los juzgados por la demanda de APEMSA
El lunes día 7 a las 10 de la mañana en el Juzgado de Instrucción nº 2 de El Puerto prestó declaración el Coordinador de Ecologistas en Acción-Andalucía, Juan Clavero, por la demanda que le ha interpuesto la empresa municipal de aguas (APEMSA).
APEMSA se ha querellado contra Clavero porque Ecologistas en Acción hizo públicas las analíticas de la depuradora Las Galeras realizadas por la Consejería de Medio Ambiente que demuestran que esta depuradora no funciona correctamente y que ha estado durante años vertiendo aguas contaminadas a la Bahía de Cádiz. La empresa solicita una fianza de 150.252 € (25 millones de pesetas) para "garantizar las indemnizaciones que pudieran corresponder por los graves perjuicios causados a la empresa".
Juan Clavero confirmó la veracidad de la información aportada y aportará pruebas documentales del ineficiente funcionamiento de la depuradora. En el Acto de Conciliación APEMSA pretendió que Ecologistas en Acción se comprometiera a no dar más información en el futuro sobre el funcionamiento de la depuradora, pretensión que no fue aceptada por Clavero y que supone una agresión sin precedentes a la libertad de información.
Ecologistas en Acción considera insólito que una empresa pública demande a un ecologista porque su Asociación haga pública una información a la que tienen derecho todos los ciudadanos, existiendo incluso una Directiva Comunitaria que garantiza el derecho de acceso a la información medioambiental.
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