.

.
PROTECCIÓN AMBIENTAL
CAMPAÑAS
Ecologistas en Acción solicita la celebración del juicio contra los responsables del vertido de 300 mil litros de Gasóleo a la Bahía de Cádiz
A LA FISCALÍA DE LA AUDIENCIA DE CÁDIZ

Ecologistas en Acción–Cádiz, de acuerdo a los procedimientos en derecho y como aportación a los elementos de prueba de las diligencias previas practicadas por la Fiscalía con relación al sumario abierto por el vertido de 300 mil litros de gasóleo producido por el buque J. P. Bobo, el 5 de noviembre de 1997 (instrucción nº 1890/1997), le hace llegar las siguientes consideraciones:

· Todas las diligencias practicadas por la fiscalía tienden a poner de manifiesto la posible relación entre el vertido del hidrocarburo del barco y los daños ecológicos producidos: contaminación del agua, de los sedimentos y de organismos marinos, además del riesgo para la salud de la población. Sin embargo, el vigente Código Penal (Ley Orgánica 10/95, de 23 de noviembre), no exige la carga de prueba del daño ocasionado al medio ambiente, sino únicamente de la posibilidad de que ello ocurra, además de la gravedad del hecho potencial. Así lo corrobora la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Cádiz, con fecha 16 de Octubre de 2001, en la que revocó la sentencia inicialmente absolutoria para Ignacio Lagóstena Bisbal por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente (verter aceites contaminantes a las marismas y aguas de la Bahía de Cádiz), fundamentando jurídicamente que:
“La calificación del delito no exige la prueba del grave perjuicio ocasionado, sino solo de la potencialidad de que se produzca”.
Es un supuesto del todo aplicable al caso J. P. Bobo, pues en este asunto se trata también de (artículo 325 del Código Penal):
“Vertidos que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales”.
En definitiva, queda argumentado que para que haya delito ecológico contra los recursos naturales y el medio ambiente no hacen falta pruebas del perjuicio ocasionado, sino solo de que puede provocarlo. El magistrado de la Audiencia Provincial de Cádiz, Sección 4ª, D. Manuel Zambrano Ballester, considera por tanto que no es necesario aportar pruebas del daño ecológico, sino solamente de su potencialidad y gravedad.
Entendemos que el vertido de 300 mil litros de gasóleo supuso un peligro concreto y grave para la Bahía de Cádiz.
El requisito adicional que establece el artículo 325 del Código Penal para la tipificación del delito ecológico:
“Contravenir las Leyes u otras disposiciones de carácter general, protectoras del medio ambiente”
también se da en este hecho, como argumentamos en la denuncia hecha por la Federación Ecologista Pacifista Gaditana el 3 de Diciembre de 1997:

· Constitución Española, artículo 45.
· Código Penal, artículo 325.
· Ley 21/77 que sanciona la contaminación marina desde buques.
· Orden 30 de Diciembre de 1977, que regula la descarga de hidrocarburos desde buques al mar.
· Orden 4 de Marzo de 1976, que establece las responsabilidades civiles por derrames de hidrocarburos desde buques al mar.
· Convenio de Londres de 30 de Noviembre de 1990, sobre Cooperación, Prevención y Lucha contra la contaminación por vertidos de hidrocarburos.
· Reglamento 14/1996 de Calidad de las Aguas Litorales de la Junta de Andalucía.
· Ley 27/1992 de Puertos del Estado.
· Ley 22/1988 de Costas.
A pesar de que el Código Penal no exige probar que la descarga de productos contaminantes sea deliberada (artículo 325) :
“El que provoque o realice directa o indirectamente vertidos en las aguas marítimas...”

La suelta de lastre mezclado con gasóleo el 5 de Noviembre de 1997 por el buque J. P. Bobo sí fue deliberada, como se reconoce en la reconstrucción de los hechos ocurridos en aquella aciaga noche, una vez embarrancado el barco y encallado en los bajos situados enfrente de la playa del Almirante en El Puerto de Santa María y con el objeto de soltar lastre contenido en los tanques bajos y poder liberar a la embarcación de su inmovilidad.

· Entendemos que la impregnación de hidrocarburos en las especies bentónicas de la zona afectada:
a) es atribuible por completo al vertido efectuado
b) “pudo perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales” (art. 325 del Código Penal).

La prohibición cautelar de captura, vente y comercialización de todas las especies de crustáceos, moluscos y peces bentónicos, así como el marisqueo y pesca deportiva en la zona afectada (Resolución de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca desde el 25 de Noviembre hasta el 5 de Diciembre del 97), significaba un reconocimiento de que el vertido podía perjudicar gravemente la salud de las personas.

· La no declaración en calidad de imputados del capitán y del segundo oficial del buque J. P. Bobo, es una afrenta jurídica, un escarnio a los tribunales y una indefensión manifiesta para poder garantizar la protección y la seguridad jurídica que proporciona un Estado de Derecho.

· No se puede sostener, como asevera la Capitanía Marítima de Cádiz, perteneciente a la Dirección General de la Marina Mercante del Ministerio de Fomento, que el “derrame fue accidental”. Ni lo uno, ni lo otro:
Fue un vertido deliberado, realizado por el capitán del buque con el objetivo de aligerarlo de lastre, una vez que había encallado en los fondos rocosos cercanos a la playa de Fuentebravía, sin sopesar las consecuencias ambientales y sobre la salud pública de tal decisión.

· El Informe del Cedex (Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas), en el que se tilda de “incidencia ambiental escasa”, no se sostiene, pues afirmar que “el aporte bacteriológico y de nutrientes procedentes de vertidos urbanos en la zona” facilitó la degradación de los hidrocarburos, representa un dislate científico y un protocolo que jamás se sigue en la lucha contra los vertidos de hidrocarburos:
Rociarlos con aguas fecales mal depuradas, que es la naturaleza de las aguas residuales provenientes de la Estación Depuradora Las Galeras de El Puerto, siempre en condiciones precarias de funcionamiento.
La afirmación de que “el impacto del gasóleo es insignificante debido a la alta tasa de evaporación y dispersión natural”, casa mal con el exterminio de bivalvos ocurrido a continuación del vertido (miles de chirlas, navajas y berberechos muertos), que a partir de pruebas cromatográficas encargadas por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Cádiz, pudo ser relacionado con el vertido de gasóleo. Los cromatogramas no dan total certeza en cuanto al origen del gasóleo, porque éste se fue degradando y perdiendo sus componentes más volátiles con el tiempo.

· El Informe de la Capitanía Marítima de Cádiz cae en errores y contradicciones manifiestas:
No es cierto que el gasóleo del vertido sea un “hidrocarburo volátil ligero no persistente”; antes bien, se trata de un derivado del petróleo correspondiente a la fracción pesada del cracking, con 15 – 23 átomos de carbono y cuya degradación en contacto con el agua del mar fue transformándolo en fracción alquitranada que se fue acumulando en el fondo y afectó a la fauna bentónica.
La calificación de “poco significativo el impacto medioambiental”, es una valoración contradictoria con las altísimas tasas de mortandad de bivalvos y la afección del vertido a pesca y marisco.

· En cuanto al Informe del Departamento de Biología Animal, Vegetal y Ecología de la Facultad de Ciencias del Mar de la Universidad de Cádiz, si bien es cierto que incrementos de mortandades de moluscos de fondo están asociados a arrastres ocasionados por lluvias torrenciales, no existe ningún precedente del exterminio masivo de bivalvos que se pudo comprobar en la playa de Valdelagrana en los días posteriores al vertido. La única explicación aceptable es que la contaminación provocada por el vertido multiplicó los efectos del arrastre de partículas provocado por el temporal de lluvia.

· Respecto a los informes de I. González Collado y R. H. Galán, profesores de la Universidad de Cádiz, en los que no encuentran restos de hidrocarburos en muestras de vertebrados e invertebrados, son manifiestamente contradictorios con las evidencias del olor a hidrocarburos en peces y la presencia de hidrocarburos en las muestras analizadas por encargo de las Delegaciones Provinciales de Medio Ambiente y Agricultura y Pesca.
Esta no detección en sus análisis solo puede ser explicada por una insuficiente y no representativa obtención de muestras de organismos de la Bahía de Cádiz afectados por el vertido.

· En relación con el “informe” del Imucona (Instituto Municipal par al Conservación de la Naturaleza), este organismo dependiente del ayuntamiento de El Puerto carece de autoridad científica para emitir interpretaciones causales sobre la mortandad de organismos bivalvos, por lo que se limita a defender explicaciones exculpatorias para el buque J. P. Bobo, sin demostrar en absoluto la no relación causa - efecto entre la contaminación marina causada por el vertido de 250 toneladas de gasóleo y la mortandad de seres vivos marinos. El propio Ayuntamiento de El Puerto se contradijo con estas consideraciones al solicitar, y conseguir, una indemnización de la naviera del J. P. Bobo por los gastos ocasionados por la retirada de los miles de kilogramos de moluscos muertos en las playas de Valdelagrana y Levante.

· En cuanto al Informe del Cicem El Toruño, de la Delegación Provincial de Agricultura y Pesca, demuestra la contaminación por hidrocarburos en moluscos y crustáceos (contrariamente al informe de los dos profesores anteriores), evidenciando como es lógico que la concentración de hidrocarburo disminuye a medida que transcurren los días posteriores al fatídico 5 de Noviembre del 97.

· Los demás informes (laboratorio de Palmones de Egmasa, Consejería de Salud, Itsemap Ambiental, CSIC de Puerto Real, Delegación Provincial de Medio Ambiente), no detectan contaminación o reflejan ésta de forma que va decreciendo con el tiempo.

Ambas situaciones son explicables:
a) La no detección de contaminación por hidrocarburos en algunas analíticas, solo puede estar justificada por una deficiente y no representativa elección de las muestras (agua, sedimentos, invertebrados, peces), pues todas las evidencias organolépticas ponían de manifiesto el impacto del vertido; el gasóleo se vio, se olió y degustó en numerosas especies comerciales de peces y mariscos.
b) El decaimiento de la concentración de hidrocarburos es algo perfectamente lógico a medida que se iban degradando pasado el tiempo; de la misma forma, la no coincidencia de los “picos” de los cromatogramas del gasóleo obtenido del buque y del analizado en los organismos, es totalmente plausible dado que los componentes más volátiles se van perdiendo y el gasóleo experimenta una biotransformación en contacto con las especies marinas.

La insistencia por parte de las autoridades en la recuperación ambiental y de las poblaciones de organismos después del vertido, no disminuye la gravedad del desastre efectuado y los daños ulteriores ocasionados.
En ningún momento queda probado que los daños sufridos por las poblaciones de invertebrados y peces fueran causados únicamente por “factores naturales”, alejando al vertido de gasóleo de cualquier responsabilidad.

Por todas estas consideraciones y como parte personada en la instrucción nº 1890/1997, al amparo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la F.E.P.G. (hoy Ecologistas en Acción – Cádiz),

SOLICITA

Acepte estas consideraciones en la instrucción del sumario, se concluya esta fase y se proceda a celebrar el juicio contra los responsables del vertido de 300 mil litros de Gasóleo a la Bahía de Cádiz.

Cádiz, 23 de Mayo de 2002
Contra la ampliación de la Universidad en elPN Bahía de Cádiz
Banderas Negras

Por un transporte sostenible en la Bahía de Cádiz

Corredor Verde 2Bahías

Defensa Molinos de Marea

Monteprieto
Contra la Guerra

PRENSA
Rebelión
Diario de Cádiz
Europa Sur
Sierra de Cádiz
Andalucía 24Horas
El País Andalucía
El Mundo
El País
Pulsa aquí para buscar noticias de medio ambiente

EL PREGONERO VERDE
En esta sección podrás consultar algunos de nuestros boletines periódicos

CALENDARIO
Repasa aquí la relación de activiades organizadas por Ecologistas en acción y sus grupos federados.

ASESORÍA JURÍDICA
Oficina de Asesoramiento para la Defensa del Medio Ambiente
Colgamos de la web cómo enfrentarse jurídicamente a los probemas ambientales

COLABORA
Pulsa aquí para enviar directamente por correo electrónico al webmaster noticias e informaciones interesantes para nuestra web.

JORNADAS
Consulta las conclusiones de las jornadas organizadas por Ecologistas en acción en Cádiz:
Conservación del Litoral
Ruido

CONSUMO GUSTO
Tenemos organizados varios grupos de consumidores de productos ecológicos:
San Fernando
El Puerto de Santa María
Sanlúcar
.