La contaminación de la orujera de Algodonales |
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9/8/02
Llevamos más de año y medio desde que entró en funcionamiento la planta de secado de orujo en Algodonales, promovida por Oleícola El Tejar, sin que se hayan solventado para nada los problemas de contaminación ocasionados por el secadero de orujo sobre la población de Algodonales, que al estar situado a 1,5 kilómetros del pueblo, viene ocasionando los malos olores y las dificultades respiratorias desde entonces.
Aunque se presente como una planta de cogeneración para aprovechar la energía de la biomasa de los restos de la molienda de la aceituna (el llamado alperujo, mezcla de alpechín y orujo), en realidad estamos tratando de tres instalaciones simultáneas: un secadero de orujo, una extractora de aceite de orujo y la central térmica para producir electricidad.
Lo primero que hay que decir es que la tramitación administrativa de este proyecto se ha realizado al margen de la ley. Al tratarse de instalaciones diferentes, les son de aplicación distintas reglamentaciones con la ley ambiental vigente. En concreto, el secadero de orujo debe someterse a Evaluación de Impacto Ambiental, pues de trata de una instalación de gestión de residuos sólidos urbanos y asimilables a urbanos, según la denominación del punto 16 del Anexo del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental (Decreto 292/19995 de 12 de diciembre). Al someter el alperujo a un proceso de digestión y secado, es obvio que se está procediendo a una gestión de un residuo, necesaria para rebajarle la humedad y hacerle más fácilmente manejable. Sobre la consideración de residuo asimilable a urbano, tampoco cabe ninguna duda, pues a pesar de su origen agrícola es el resultado de un proceso de fabricación destinado a entrar en la cadena alimenticia de los consumidores.
En el caso de la extractora de aceite, también le sería de aplicación la Evaluación de Impacto Ambiental aplicando la Ley estatal 6/2001 de 8 de mayo, bastante más reciente y completa que la ley andaluza, puesto que en su Anexo II , grupo 2 considera a las Instalaciones industriales para la elaboración de grasas y aceites vegetales y animales como potencialmente sometidas a esta tramitación ambiental, siempre que estén fuera de polígonos industriales y a menos de 500 metros de una zona residencial (en las cercanías de la finca La Bodeguilla donde se sitúa la extractora está la zona habitada de El Arenal).
Solo en el caso de la central de generación eléctrica a partir de biomasa sería aplicable la mera Calificación Ambiental por parte del Ayuntamiento, puesto que se trata de una central de 5,9 megavatios de potencia solamente.
Entendemos por tanto que la autorización administrativa que le concede la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a Agroenergética Algodonales, tanto a la central como a la línea eléctrica y a la subestación transformadora (B.O.P. de Cádiz del 25 de julio pasado), no es válida hasta que cumpla con todos los requerimientos ambientales que se han expuesto. La torpeza y el mirar para otro lado de la Delegación provincial de Medio Ambiente de Cádiz no pueden ser más evidentes, al haber ignorado su responsabilidad en la defensa de la legalidad y de la salud de la población afectada. El hecho de que haya que apoyar resueltamente las energías renovables para reducir el Efecto Invernadero y conseguir un sistema energético más eficiente y diversificado en Andalucía, no concede patente de corso a las empresas promotoras de las energías alternativas para saltarse a la torera la legalidad y causar un grave problema de salubridad a la población afectada por los olores pestilentes. Es curioso cómo la empresa se salva de la obligación de someter la nueva línea eléctrica a Evaluación de Impacto Ambiental, pues no llega a la longitud de 1.000 metros a partir de la cual sería exigible, alcanza solo ¡991 metros!
Los vecinos de Algodonales han estado sometidos a una contaminación insidiosa, que les ha causado molestias y una situación de alerta por posible contaminación ambiental decretado por el Servicio de Vigilancia Epidemiológica de Andalucía. Si el propio informe de Medio Ambiente reconocía un alto riesgo para la salud inducido por las partículas desprendidas de la operación de secado del orujo ¿por qué le concede autorización? ¿Cómo puede afirmar su máximo responsable, S. Saucedo que la emisión de humos es inocua? Cuando hace justamente una año ha habido una situación de alarma generado justamente por los cancerígenos benzopirenos que se producen en el proceso de intenso calor que se aplica al orujo, es de una frivolidad inaceptable pretender minimizar los riesgos sobre los vecinos afectados.
El cambio de proceso de fabricación del aceite de oliva que se empezó hace una década nos ha traído consecuencias beneficiosas, pero también perjudiciales. Entre las primeras, evitar el vertido del contaminante alpechín, el líquido que resulta de exprimir la aceituna y separar el aceite virgen y que habitualmente se vertía a los ríos. En las almazaras ya no se producen tres fases (aceite, alpechín y orujo), sino que los residuos sólidos de la molienda (orujo) se mezclan con el alpechín, obteniendo el alperujo. En este sistema de dos fases, el residuo es mucho más difícil de gestionar, porque tiene un 75% de agua y para deshidratarlo hay que aplicarle temperaturas muy altas, del orden de los 1.200 º C. Y es a estas altas temperaturas cuando se generan los benzopirenos, unos hidrocarburos aromáticos muy tóxicos, cancerígenos, liposolubles, acumulativos, que el organismo no es capaz de eliminar y cuya vía más letal es a través del aire, por inhalación. El benzopireno produce mutaciones celulares, cánceres y debilitamiento del sistema inmunológico después de una permanencia prolongada en el organismo humano. El hecho de que se encontraran en partidas de aceite de orujo el año pasado concentraciones de benzopireno más de 40 veces superiores al nivel que se considera aceptable (2 partes por mil millones) por el Ministerio de Sanidad, es lo que motivó su retirada cautelar.
La forma de garantizar que en el proceso de secado del orujo no se generen benzopirenos, es someterlo a un vacío estricto y utilizar los absorbentes adecuados, como el carbón activo. ¿Que ello encarece el proceso industrial? : sin duda, pero es la única manera de no someter a la población a mayores riesgos y penalidades de los que ya viene soportando. Si esta reducción no se consiguiera, la única alternativa aceptable que nos quedaría sería transformar el aceite de orujo no apto para el consumo en biodiesel y aprovecharlo como combustible.
En definitiva, lo que Ecologistas en acción reclamamos de la Administración es:
· Someter a los proyectos de Agroenergética Algodonales a Evaluación de Impacto Ambiental
· Realizar un estudio epidemiológico en el que se valore la incidencia de las emisiones del secado en las enfermedades de la población
· Garantizar que nunca se sobrepasarán los niveles de benzopirenos que establece el Mº de Sanidad: 2 partes por millardo
· Establecer las medidas cautelares para que cesen los olores nauseabundos y se clausuren las instalaciones sin licencia
· Crear una comisión de control ciudadana que pueda recabar toda la información de las instalaciones y participe en las labores de diagnóstico sanitario.
Todavía estamos a tiempo de rectificar los errores, contando con la participación ciudadana y el trabajo inspector de la Administración ambiental y sanitaria.
Cádiz, Agosto de 2002
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