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Israel ha de otorgar justicia a Gaza

Rayi Sourani

Dos años despúes, a las víctimas de la operación Plomo Fundido se les niega todavía justicia debido al sesgo del sistema judicial israelí

The Guardian, 20 de diciembre 
Traducción: Lucas Antón

Dos años despúes, a las víctimas de la operación Plomo Fundido se les niega todavía justicia debido al sesgo del sistema judicial israelí.
Es difícil transmitir la realidad de la vida en la Franja de Gaza. Las violaciones sistemáticas de las leyes internacionales sobre derechos humanos han conducido a la mayor de las miserias, reduciendo a 1,7 millones de personas aproximadamente a la condición de "beneficiarios" de la ayuda internacional, obligados a depender de ella como resultado de una crisis de origen humano, completamente evitable, de carácter humanitario.  
El derecho internacional sobre derechos humanos y el derecho internacional humanitario ofrecen las formas de protección necesarias para todos los individuos sobre la base de su común humanidad. Sin embargo, para que tengan sentido, han de cumplirse esas leyes. Se trata de un componente clave: en caso de que se violen, buscar responsabilidades y conseguir una reparación judicial son resultados esenciales.  
El derecho internacional habitual, que vincula a todos los estados, reconoce que estas responsabilidades deben adoptar la forma de responsabilidad criminal, mediante investigaciones y procesos, y responsabilidad civil mediante el pago de compensaciones. 
Por este derecho a recibir indemnizaciones es por lo que hoy lucha el Centro Palestino de Derechos Humanos (CPDH). En las actuales circunstancias, dado el sesgo inherente al sistema judicial israelí, las indemnizaciones son una de las pocas esperanzas de conseguir alguna forma de justicia. Lo importante es que estas indemnizaciones – si bien insignificantes en comparación con las pérdidas sufridas – son esenciales para las víctimas a la hora de intentar reconstruir sus vidas y sus hogares. 
Este derecho es totalmente denegado por las autoridades israelíes. Israel impone una ley de limitación de dos años a la presentación de demandas civiles. Dada la escala de violaciones de derechos cometidas en el contexto de la ofensiva de 2008-2009 (la operación Plomo Fundido) sólo en la Franja de Gaza, esto supone un gravamen a menudo insuperable para los representantes legales de las víctimas. Hasta la segunda Intifada, la ley de limitaciones era de siete años.  
En segundo lugar, y como requisito que pone el último clavo en el ataúd respecto al derecho a conseguir una reparación, el tribunal impone una tasa de seguro (o garantía) a cada demandante para proceder a la tramitación del caso. No hay una cantidad fija para esta tasa de seguro, que queda a discreción del tribunal. Sin embargo, representa un considerable obstáculo monetario, generalmente por encima de los 10.000 shekels (2.787 dólares), y con frecuencia mucho más. En uno de los casos que presentó el CPDH, se les pidió a los demandantes un depósito de 20.000 shekels por cada una de las cinco muertes denunciadas.   
Ello da lugar a una perspectiva estrambótica, pero de lo más real, por la cual, cuanto mayor la violación, más elevado el obstáculo monetario. Las víctimas palestinas se ven sencillamente incapaces de conseguir esas sumas, y el caso se cierra firmemente en sus narices. Esta tasa de seguro es completamente discrecional. No es obligatoria. En la práctica, se aplica siempre a los demandantes palestinos.    
Por encima de todo ello planea la realidad del bloqueo. Los abogados del CPDH no pueden viajar a Israel para representar a nuestros clientes y nos vemos forzados a contratar abogados en Israel. Sin embargo, estos abogados no pueden acudir a Gaza a reunirse con sus clientes, y los clientes no pueden ir a Israel a verles. Por añadidura, desde junio de 2007, el ejército israelí niega a los palestinos implicados en casos civiles permiso para que puedan presentarse ante los tribunales. Como resultado, se acaban desestimando y se produce una absoluta denegación de justicia. 
El CPDH representa a más de un millar de víctimas de la operación Plomo Fundido. Los aproximadamente 500 casos preparados en su nombre constituyen la mayoría de los casos preparados tras la operación Plomo Fundido. Estos individuos que han sufrido prácticamente la totalidad del espectro de violaciones de derechos humanos – de ejecuciones ilegales y  lesiones, a la destrucción ilegal de sus hogares y centros de trabajo – tienen derecho a la justicia. Tienen derecho a que les escuche un tribunal.
Desde marzo de 2009, cuando se entregó la última notificación al Ministerio de Defensa, hemos sido sistemáticamente ignorados. Pese a repetidas peticiones, el CPDH sólo ha recibido respuestas cautelares – sin información – respeto a 23 casos.
Hoy presentan el CPDH y el fiscal Michael Sfard una petición ante el Tribunal Superior de Justicia israelí, exigiendo que se mantenga el derecho de estas víctimas a una reparación judicial. Nuestra petición es simple: que se retrase la ley de limitaciones, que  las víctimas de la operación Plomo Fundido tengan al menos la oportunidad de presentar su caso ante los tribunales. Si los tribunales rechazan esta posición, estarán cerrando las puertas a la justicia para todas las víctimas de la operación Plomo Fundido. 
El imperio de la ley es algo que respetamos y valoramos profundamente. Pero va de suyo que para que sea pertinente, debe cumplirse la ley. La ausencia de justicia ha producido la apurada situación a la que hoy nos enfrentamos, con la sistemática violación de derechos humanos fundamentales y el cierre de la Franja de Gaza. Y sin justicia, ¿qué hay que pueda impedir que lo que sucedió en Gaza vuelva a suceder de nuevo? 
Tras las puertas cerrradas de la Franja de Gaza es nuestra común humanidad la que sigue ligándonos al mundo exterior. Exigimos que se respeten y protejan nuestros derechos humanos. Pedimos que la comunidad internacional no siga callada, que ejerza su influencia en nombre de las libertades fundamentales y la justicia.