VENEZUELA - MAYO 2000 - http://www.librecomunicacion.org
Los colectivos populares de comunicación alternativa de
Venezuela suscriben y
divulgan el Manifiesto de la Libre Comunicación, el cual tiene
como objetivos
reivindicar el derecho a la libertad de expresión y
comunicación y a fundar
medios de comunicación por parte de las comunidades, así como
alertar contra
las posibles consecuencias de la inminente aprobación del
Proyecto de Ley de
Telecomunicaciones, que puede vulnerar el disfrute de estos
derechos humanos.
LibreComunicación, la Red Venezolana de Medios Comunitarios y
diversas
organizaciones populares que trabajan en comunicación popular,
comunitaria o
alternativa en el país, vienen protagonizando en los últimos
meses un
creciente proceso de articulación en torno al derecho a la
libre comunicación
y la libertad de acceso a los medios por parte de las
comunidades. El
Encuentro de la Libre Comunicación, realizado en Barquisimeto
en los días 10 y
11 de marzo de este año, en el que participaron grupos y
colectivos de Lara,
Maracay y Caracas, supuso un paso más en la articulación de las
experiencias
de comunicación libre que existen en Venezuela. A partir de las
discusiones
colectivas, y motivados tanto por la necesidad de luchar por el
libre acceso a
fundar medios de comunicación comunitarios, como por la
inminente aprobación
del Proyecto de Ley de Telecomunicaciones (que puede vulnerar
el acceso del
movimiento popular a las radios y televisoras comunitarias).
Los colectivos
alli presentes redactaron el primer Manifiesto de la Libre
Comunicación,
presentado el miércoles 3 de mayo durante un evento sobre
servicios públicos
organizado por la Defensoría del Pueblo, la Comisión Andina de
Juristas y
CASETEL, en el Hotel Caracas Hilton.
LibreComunicación es un frente de varios grupos que trabajan en
comunicación
alternativa, libre, popular y/o contracultural en Venezuela. Es
totalmente
autónomo y no depende de ninguna institución gubernamental o
privada. La Red
Venezolana de Medios Comunitarios agrupa a una serie de
iniciativas de medios
de difusión de baja potencia de Venezuela, que buscan
desarrollar procesos
comunicativos en conjunto con organizaciones comunitarias y de
base. Es una
instancia de articulación autónoma y no depende de ninguna
institución
gubernamental o privada.
Más información en http://www.librecomunicacion.org
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CONSIDERANDO que, de acuerdo a la resolución 59(1) de la
Asamblea General de
las Naciones Unidas del 14-12-1946, la libertad de informar es
un derecho
humano fundamental de todas las personas;
CONSIDERANDO que el espectro radioléctrico es patrimonio común
de la humanidad
y que la única atribución que corresponde al Estado, al
respecto, es
administrarlo con criterios de igualdad y pluralismo
democrático;
CONSIDERANDO que, de acuerdo al artículo 13 de la Convención
Americana sobre
los Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), todos
tenemos el
derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, incluida
la libertad de
buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole
por cualquier
procedimiento de nuestra elección;
CONSIDERANDO que, de acuerdo a esa misma Convención, el Estado
tiene la
obligación de no restringir este derecho por medios tales como
el abuso de
controles oficiales de frecuencias radioeléctricas o por
cualquier otro medio
encaminado a impedir la comunicación y la circulación de ideas
y opiniones;
CONSIDERANDO así mismo que, de acuerdo con los artículos 57 y
58 de la
Constitución Venezolana de 1999, la comunicación es libre y
plural, y todos
tenemos el derecho a la libertad de expresión, haciendo uso de
cualquier medio
de comunicación y difusión;
CONSIDERANDO que, de acuerdo a los artículos 101 y 108 de
nuestra
Constitución, el Estado tiene la obligación de garantizar la
emisión,
recepción y circulación de la información cultural y el
servicio público de
radio y televisión como vía de acceso universal a la
información;
CONSIDERANDO que los principios fundamentales de la UNESCO
acerca de la
libertad de comunicación consagran como elementos esenciales
del desarrollo
democrático y económico de las naciones el desarrollo de
prensas y medios
libres, independientes y pluralistas (principios plasmados en
la Declaración
de Windhoek de 1991; Declaración de Alma Ata de 1992;
Declaración de Santiago
de Chile de 1994; y Declaración de Sana'a de 1996);
CONSIDERANDO así mismo los principios y postulados de la
Asociación Mundial de
Radios Comunitarias (AMARC) y Videazimut, que reúnen a
iniciativas de
comunicación independiente de todo el mundo;
RECORDANDO que tanto las necesidades como las posibilidades
informativas y
comunicativas de los sectores populares han sido históricamente
expropiadas y
excluidas de la agenda pública en beneficio de los sectores de
poder
económico, a través de trabas burocráticas, concesiones
signadas por la
corrupción y el compadrazgo político;
PREOCUPADOS porque la diversidad de iniciativas colectivas de
comunicación
alternativa a lo largo de todo el país ven limitadas sus
posibilidades de
ejercer el derecho a la libre expresión y comunicación, debido
al apoyo
oficial al monopolio de los medios radioeléctricos y de prensa
promovidos por
los sectores de poder económico;
COINCIDIENDO con un momento político que fundamenta su
legitimidad en la
profundización de la democracia a través de un mayor
protagonismo y
participación del pueblo en los procesos sociales;
PREOCUPADOS por las amenazas para la vigencia del derecho a la
libre
comunicación que puedan derivarse del diseño del marco
legislativo de las
telecomunicaciones, a causa del protagonismo de las grandes
corporaciones y la
exclusión de la participación de colectivos populares, la
comunidad organizada
y otros sectores de la sociedad; y
CONSIDERANDO que los nuevos proyectos de Ley y Reglamento de
Telecomunicaciones que se discuten son acuerdos negociados
entre el Estado y
la empresa privada, que conciben las telecomunicaciones como
actividades
exclusivamente económicas y han sido diseñados especialmente
para aprovechar
la oportunidad fiscal que ofrece la apertura del sector de las
telecomunicaciones a partir del año 2000;
DECLARAMOS QUE:
1. El desarrollo de las prácticas de comunicación libres y
comunitarias
basadas en los principios democráticos de la libertad, la
igualdad y la
participación, que defienden la pluralidad y la diversidad
cultural, es
esencial para la creación de espacios que apoyen la
participación de los
ciudadanos en un proceso democrático.
2. No habrá verdadera democracia ni acceso a la información si
no se extiende
la libertad de crear medios a las comunidades organizadas, en
condiciones de
igualdad y con un marco legal que favorezca el desarrollo de
los mismos.
3. Los medios comunitarios desempeñan un papel fundamental en
el refuerzo de
los derechos culturales y sociales de las minorías étnicas y de
los sectores
más empobrecidos de la población.
4. Los contenidos de los medios radioeléctricos masivos están
orientados de
modo casi exclusivo a promover el consumo, debido a la
concentración de
intereses comerciales, lo que promueve la alienación y la
transculturación en
torno al hecho comunicativo y afecta las posibilidades
educativas y de
transformación propias de la comunicación.
5. La expansión continua de las corporaciones transnacionales
que se
caracteriza, entre otros, por la creación de conglomerados en
el sector de los
medios y la concentración de la propiedad, amenazan la
existencia de medios
comunitarios independientes e incluso la pluralidad de
cualquier tipo de
medio.
6. El acceso a los medios se debe sostener a través de la
educación y la
capacitación para desarrollar su comprensión crítica y permitir
a la gente que
desarrolle sus posibilidades en el ejercicio del hecho
comunicativo a través
de los medios.
7. La información nunca será veraz si no es posible establecer
medios en
condiciones de igualdad y, especialmente, si no existen las
garantías
necesarias para que las comunidades organizadas puedan fundar y
gestionar sus
propios medios.
8. La economía de mercado no es el único modelo para construir
la
infraestructura de las comunicaciones. La gente se debe
considerar como
productora y generadora de información y no sólo como
"consumidora". Para
ello, debe contar con las oportunidades necesarias para asumir
el protagonismo
en la creación, difusión y análisis de las informaciones, lo
cual sólo puede
lograrse a través de políticas y leyes que garanticen la
democratización real
de dicha infraestructura.
EXIGIMOS:
1. El reconocimiento oficial del sector de los medios
comunitarios como un
componente esencial de la radiodifusión de servicio público y
como
contribución vital al pluralismo en los medios y a la vigencia
y disfrute de
la libertad de expresión e información.
2. La creación por parte del Estado de un espacio público para
el debate y la
consulta en el cual los representantes de la sociedad civil y
las comunidades
organizadas (y no solo la empresa privada) participen en el
diseño e
instrumentación de las políticas, leyes y normativas de
comunicación y
telecomunicaciones.
3. La garantía en la nueva Ley y el nuevo Reglamento de
Telecomunicaciones de
que la asignación de las frecuencias del espectro
radioeléctrico, los
criterios técnicos y las prioridades de desarrollo promuevan e
incentiven la
creación de medios por parte de las organizaciones no
gubernamentales y las
comunidades organizadas, sin que se establezca ningún tipo de
barreras
políticas, económicas, administrativas, técnicas o de cualquier
otra índole
para el ejercicio del derecho a informar y a expresarse
libremente, más allá
de las que impone el uso de los recursos limitados del espectro
radioeléctrico.
4. Que el Estado destine una significativa cuota de los
ingresos fiscales
provenientes de la carga contributiva de las empresas de
telecomunicaciones
para implantar planes de desarrollo y de formación de las
estructuras
culturales, comunitarias y cívicas de las comunicaciones.
5. Que el llamado Plan Nacional de Telecomunicaciones que
adelanta el Estado
tome en cuenta y favorezca la existencia y desarrollo de
emisoras de radio y
televisión comunitarias absolutamente autónomas y sin ningún
tipo de
injerencia oficial en la programación y emisión de contenidos.
6. La atribución de una parte significativa del espectro
radioeléctrico para
el uso por parte de micro-difusores y medios comunitarios.
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