Artículos publicados en esta sección
Viernes 2 de septiembre de 2005
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¿Vale lo mismo ante la Ley la vida de un español y la de un inmigrante?
¿CUÁNTA IMPUNIDAD POLICIAL CABE EN LA MANGA DE LA TOGA DE UN JUEZ?
“La autopsia practicada en Marruecos al joven subsahariano que murió en la madrugada del pasado lunes junto a la valla fronteriza de Melilla apunta a que falleció a causa de una hemorragia interna producida por un fuerte traumatismo que le fracturó el hígado, informaron a Efe fuentes médicas de la ciudad de Nador.” (31-8-05)
“Se eleva a dos los inmigrantes asesinados en la forntera de Melilla”. “A las seis de la mañana los militares marroquíes han entrado en el campamento de inmigrantes al que pertenecían los dos cameruneses asesinados por la guardia civil española. Los militares contaban con un (...)
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Jueves 1ro de septiembre de 2005
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PERMISOS DEL TRABAJADOR
Continuando con la información sobre los derechos y deberes de los trabajadores nativos o extranjeros sin distinción alguna, en este boletín queremos contarles cuales son los permisos a los que TODO TRABAJADOR tiene derecho, independientemente de la existencia de un contrato escrito. Estos permisos son:
Quince días naturales en caso de matrimonio.
Dos días en los casos de nacimiento de hijos/as, por fallecimiento, accidente, enfermedad grave u hospitalización de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (primos). Si debe desplazarse, el permiso será de cuatro días.
Un día por (...)
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Jueves 1ro de septiembre de 2005
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¿ QUÉ HACER EN CASO DE DETENCIÓN?
La Ley Orgánica llamada coloquialmente “ de Extranjería” prevé la posibilidad de detener a una persona extranjera por estar en situación irregular ( sin papeles), y su internamiento hasta 40 días en un Centro de Extranjeros, con vistas a hacer material su expulsión. La persona detenida sólo lo puede estar un máximo de 72 horas, y los derechos que tiene están regulados en el art.520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y sirven también para detenciones por otras causas ( imputaciones de comisión de delitos y faltas). Son los siguientes:
Ser informado inmediatamente de las razones de su detención. (...)
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Jueves 1ro de septiembre de 2005
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EL ARRAIGO EN ESPAÑA: ¿UNA SOLUCIÓN PARA LOS “SIN PAPELES”?
Tras el cierre del proceso de regularización de los inmigrantes sin papeles el pasado 7 de mayo, el Gobierno Español viene declarando que la única forma que los inmigrantes “sin papeles” puedan legalizar su situación en España es por medio del arraigo, con las nuevas posibilidades que permite el nuevo reglamento de extranjería. Pero ello es sólo en teoría, pues si se analiza las posibilidades de legalización por arraigo, llegamos a la conclusión de que lo que ha hecho el gobierno es dificultar las posibilidades ya existentes, o crear una figura imposible como es el arraigo laboral. Con el nuevo (...)
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